Entrará
en vigor el 9 de febrero próximo y su reglamento debe ser expedido dentro de
los seis meses siguientes, es decir, a más tardar el 9 de agosto.
Fabiola Martínez
México,
DF. La Ley General de Atención a Víctimas fue publicada este miércoles en el
Diario Oficial de la Federación, en el espacio correspondiente al Congreso de
la Unión, y entrará en vigor el 9 de febrero próximo.
El reglamento de esta ley deberá ser expedido dentro de los seis meses
siguientes a su entrada en vigor, es decir, a más tardar el 9 de agosto
entrante.
Al tiempo de su publicación, fue programado para este mediodía un evento
en el que se presentará el decreto en la residencia oficial de Los Pinos, por
parte del presidente Enrique Peña Nieto.
En los artículos transitorios de esta normatividad, cuyo fin es armar una
estructura gubernamental para la atención de víctimas y reparación del daño, se
establece que el Sistema Nacional de Ayuda, Atención y Reparación Integral de
Víctimas, deberá crearse dentro de los noventa días naturales a partir de este
9 de febrero.
En tanto, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, también incluida
en esta ley, deberá elegirse dentro de los 30 días naturales, a partir de la
integración del sistema mencionado.
Derivado de esta normatividad, se precisan los plazos y operación de la estructura
en torno a este tema y se ordena que a más tardar en seis meses, las instancias
involucradas de los tres niveles de gobierno armonicen los ordenamientos en
torno a esta ley de víctimas.
La ley fue concluida el 30 de abril de 2012; sin embargo, el entonces
gobierno del presidente Felipe Calderón interpuso un recurso ante la Suprema
Corte, al considerar que esta confección legislativa no se apegaba al objetivo
de la nueva ley. Es por ello que se requería de la publicación para su puesta
en vigor en los plazos definidos en los artículos transitorios en mención.