JORGE WINCKLER ORTIZ - FISCAL GENERAL DEL ESTADO DE VERACRUZ
LUIS EDUARDO CORONEL GAMBOA - FISCAL ESPECIALIZADO
PARA LA ATENCIÓN DE DENUNCIAS POR PERSONAS DESAPARECIDAS;
por hechos que pudieran ser constitutivos de
los siguientes delitos:
- TORTURA,
considerado como un CRIMEN DE LESA HUMANIDAD
-
ASOCIACIÓN DELICTUOSA
- ABUSO DE AUTORIDAD
- INCUMPLIMIENTO DEL
DEBER LEGAL
- FALSAS DENUNCIAS Y
SIMULACIÓN DE PRUEBAS
- CONTRA LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
DELITOS POR LOS CUALES PUEDEN ALCANZAR PENAS DE CINCUENTA AÑOS
DE CARCEL
Gilberto Aguirre Garza con trayectoria
impecable de treinta y tres años fungiendo como servidor público desde la Procuraduría
General de Justicia del Estado de Veracruz, actualmente denominada Fiscalía
General del Estado, ocupando diversos encargos, entre ellos el de Director
General de los Servicios Periciales en tres distintos periodos, siendo el
último puesto el de Fiscal Auxiliar del Fiscal Regional Zona Centro Xalapa,
nombramiento expedido por el actual Fiscal General del Estado, Jorge Winckler
Ortiz, de fecha dieciséis de mayo del 2017, hasta el momento en que ocurrió su
injusta detención el pasado tres de abril del año en curso, en cumplimiento a
una orden de aprehensión girada en su contra por un delito que no cometío
Se encuentra actualmente privado
de su libertad en el CERESO ubicado en la Congregación de Pacho Viejo, Municipio
de Coatepec, Veracruz; en virtud del auto de vinculación a proceso que me fuera
dictado el nueve de abril del año en curso por la Jueza de Control del Juzgado
de Proceso y Procedimiento Penal Oral del Distrito Judicial de Xalapa,
Veracruz, dentro de los autos del proceso penal 80/2018 de su índice, como
probable responsable del delito de DESAPARICION FORZADA DE PERSONAS cometido en
agravio de quien en vida respondiera al nombre de DAVID LARA CRUZ, previsto y sancionado
por el articulo 318 Quinquies, inciso a) del Código Penal vigente para el
Estado de Veracruz.
Preso por venganzas
políticas del gobernador del estado MIGUEL ÁNGEL YUNES LINARES en contubernio
con el fiscal general del estado JORGE WINCKLER ORTÍZ y el resto de los
servidores públicos denunciados, venganzas políticas en contra de ex funcionarios
de la anterior administración estatal, de las cuales es ajeno por ser un
funcionario de carrera en procuración de justicia y jamás he sido político. Recién
llegados los denunciados a la Fiscalía General del Estado JORGE WINCKLER ORTIZ
y MARCOS EVEN TORRES ZAMUDIO (este último en ese entonces Visitador de la
Fiscalía General del Estado y actualmente Fiscal Anticorrupción), fue designado
como Fiscal Regional en la ciudad de Córdoba, Veracruz, quienes en varias entrevistas
le preguntaban cuáles eran las irregularidades que tenía
conocimiento se habían cometido, durante el periodo que fungió como Fiscal General
del Estado Luis Ángel Bravo Contreras; que tenían instrucciones precisas del
gobernador Yunes Linares de meter a la cárcel a quien fuera fiscal general del
estado anteriormente, a lo que contestaba que no tenía conocimiento de ninguna
irregularidad, ya que de haber existido, como funcionario probo y conocedor de
la ley, tenía perfectamente claro que debía denunciar de ser el caso, que nunca
le habían ordenado nada que no fuera legal. Marcos Even Torres Zamudio decia
que era imposible que no lo hubiera hecho, que el Gobernador Miguel Ángel Yunes
Linares les había solicitado enfáticamente a ambos se procediera con toda la
fuerza en su contra.
Al ingresar al Reclusorio Regional de Pacho Viejo fue internado en la
sección “A”, Estancia 1, litera 1, al
ser vinculado a proceso en mi estancia pusieron por órdenes de la Dirección radios
con bocina a todo volumen, durante día y noche, por varios días lo que se convirtió en una
tortura, pues cuando llegaba por momentos a conciliar el sueño era por un
cansancio extremo, para lo cual ponía un oído sobre una almohada improvisada
con una cobija y en el otro oído se ponía un pantalón de mezclilla apretándolo
firmemente, pero aun así el ruido del radio no permitía conciliar el sueño,
debido al volumen de la música y la repetición de canciones de memoria USB con
ritmos de banda y reggaetón. Por lo anterior hablo con el Director del
Reclusorio, Gabriel Jiménez Ramírez, quien le dijo que no podía hacer nada al
respecto que el solo recibía órdenes superiores, esta tortura lo hizo reducir
ocho (8) kilogramos de peso, como puede verificarse con la hoja de ingreso al
Reclusorio y notas médicas posteriores, al grado que no he podido recuperar
este peso.
Aproximadamente el día cinco de mayo del año en curso lo contactaron los
abogados Pedro de Jesús Sánchez López (a quien no conocía) y Alejandra Barradas
Sánchez (quien si conocía). Ellos lo entrevistaron y manifestaron que el
Licenciado Eduardo Coronel Gamboa, FISCAL ESPECIALIZADO PARA LA ATENCIÓN DE
DENUNCIAS POR PERSONAS DESAPARECIDAS lo visitaría, lo cual ocurrió el día diez
de mayo de 2018, a la una de la mañana fue despertado por el Director del Penal
de Pacho Viejo, Licenciado Gabriel Jiménez Ramírez y un custodio, quien ordenó
vestirme y que los acompañara. Así lo hice y me condujeron al segundo piso del
área de oficinas hasta el final del pasillo, donde se encuentra la oficina del
Director y al entrar veo al Licenciado Eduardo Coronel Gamboa, quien me
preguntaba como la estaba pasando, que si podía dormir con la música a todo
volumen y a todas horas, con lo cual me queda claro de dónde vino esa
instrucción. El Licenciado Eduardo Coronel Gamboa me dijo que sabía
perfectamente que no había cometido ningún delito, pero que el ex fiscal Luis
Ángel Bravo Contreras había roto un acuerdo con el Gobernador del Estado Miguel
Ángel Yunes Linares y que necesitaba que declarara y lo incriminara en el mismo
delito por que el fue vinculado a proceso, que ellos ya sabían lo que había
pasado en el levantamiento de cadáveres a principios de 2016 que tenía una propuesta
que hacerme por parte del Gobernador Miguel Ángel Yunes Linares y el Fiscal
General del Estado Jorge Winckler Ortiz, consistente en que si declaraba en
contra de Bravo Contreras dejarían de torturarme; que además respetarían a mi
familia que pasando la elecciones del 1
de julio ya que ganarían con el Candidato Miguel Angel Yunes Marquez en la
primera o segunda semana de julio, variarían el delito de Desaparición Forzada
al de Incumplimiento de un Deber Legal para continuar su proceso en libertad
por un delito menor y que posteriormente se desistirían de la acción penal.
La entrevista concluyo a las 04:00 horas de la madrugada, sin que
estuviera presente ningún defensor, con el tiempo constata que su declaración
de fecha 10 de mayo de 2018 fue alterada porque la primera hoja no tiene firmas, esa declaración sirvió como dato de prueba
para girar orden de aprehensión en contra de Luis Ángel Bravo Contreras y
Rosario Zamora González dentro de los autos del proceso penal 103/2018 del
índice del Juzgado de Proceso y Procedimientos Penal Oral del Distrito Judicial
de Xalapa, Veracruz.
De lo
anteriormente narrado, resulta evidente que la conducta desplegada
por los denunciados me agravia, corre riesgo y peligra mi vida, ya que los
servidores públicos hoy denunciados, en su afán de cobrar venganza política de
ex funcionarios de la administración estatal anterior, han sido capaces de
fabricar delitos, así como el de simular y alterar pruebas con la intención de
obtener un lucro político y un beneficio personal, para lo cual han cometido
una serie de delitos que hoy vengo denunciado, y de lo cual a base de torturas,
amenazas e intimidación hacia mi persona, me mantienen injustamente detenido
para darle credibilidad a las acusaciones que sostienen contra otros diversos
personajes, dejando de ver que en todo el tiempo que fungí como servidor
público al servicio del Estado de Veracruz, me conduje en forma honorable,
honesta y con la transparencia debida que requiere los cargos ocupados en mi
trayectoria, siendo ésta constitutiva de delitos previstos y sancionados por el
Código Penal para el Estado de Veracruz en vigor y otras Leyes especiales, por lo cual
solicito a esta Fiscalía que se investiguen los hechos denunciados y se proceda
a integrar la carpeta de investigación correspondiente.
Me
permito citar el siguiente Estatuto de Roma en el cual México es Estado Parte y
que contempla la TORTURA COMO UN DELITO DE LESA HUMANIDAD:
ESTATUTO DE ROMA
PARTE II.
DE LA COMPETENCIA, LA ADMISIBILIDAD Y ELDERECHO APLICABLE
Artículo 5.- Crímenes de la competencia de la Corte:
1. La competencia de la Corte se limitará a los crímenes más
graves de trascendencia para la comunidad internacional en su conjunto. La
Corte tendrá competencia, de conformidad con el presente Estatuto, respecto de
los siguientes crímenes:
a) El crimen de genocidio;
b) Los crímenes de lesa humanidad;
c) Los crímenes de guerra;
d) El crimen de agresión.
2. La Corte ejercerá competencia respecto del crimen de
agresión una vez que se apruebe una disposición de conformidad con los
artículos 121 y 123 en que se defina el crimen y se enuncien las condiciones en
las cuales lo hará. Esa disposición será compatible con las disposiciones
pertinentes de la Carta de las Naciones Unidas.
Arículo 7.- Crímenes de lesa humanidad:
1. A los efectos del presente Estatuto, se entenderá por
“crimen de lesa humanidad” cualquiera de los actos siguientes cuando se cometa
como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y
con conocimiento de dicho ataque:
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f) Tortura;
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2. A los efectos del párrafo 1:
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e) Por “tortura” se entenderá causar intencionalmente
dolor o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, a una persona que el
acusado tenga bajo su custodia o control; sin embargo, no se entenderá por
tortura el dolor o los sufrimientos que se deriven únicamente de sanciones
lícitas o que sean consecuencia normal o fortuita de ellas;
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Asimismo,
con fundamento en lo dispuesto por el artículo 252 del Código Nacional de
Procedimientos Penales me reservo de aportar de momento aquellos datos de
prueba que requieren autorización previa del Juez de Control, ya que tengo el
temor fundado de que valiéndose de su encargo los hoy denunciados los
obstaculicen, alteren, obstruyan, modifiquen o destruyan.
En ese mismo tenor, solicito a esta Fiscalía General del
Estado ordene fundada y motivadamente las medidas de protección idóneas
contempladas en el Código Nacional de Procedimientos Penales en su artículo 137
Fracciones I, II, V, VI, VII y VIII mismas que a la letra dicen:
TÍTULO
VI
MEDIDAS
DE PROTECCIÓN DURANTE LA INVESTIGACIÓN, FORMAS DE CONDUCCIÓN DEL IMPUTADO AL
PROCESO Y MEDIDAS CAUTELARES
CAPÍTULO
I
MEDIDAS
DE PROTECCIÓN Y PROVIDENCIAS PRECAUTORIAS
Artículo
137. Medidas de protección El Ministerio
Público, bajo su más estricta responsabilidad, ordenará fundada y motivadamente
la aplicación de las medidas de protección idóneas cuando estime que el
imputado representa un riesgo inminente en contra de la seguridad de la víctima
u ofendido. Son medidas de protección las siguientes:
I. Prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima u
ofendido;
II. Limitación para asistir o acercarse al domicilio de la
víctima u ofendido o al lugar donde se encuentre;
V. La prohibición de realizar conductas de intimidación o
molestia a la víctima u ofendido o a personas relacionados con ellos;
VI. Vigilancia en el domicilio de la víctima u ofendido;
VII. Protección policial de la víctima u ofendido;
VIII. Auxilio inmediato por integrantes de instituciones
policiales, al domicilio en donde se localice o se encuentre la víctima u
ofendido en el momento de solicitarlo…………..
Ya que tengo el TEMOR
FUNDADO de que puedan cumplir sus amenazas y tomen represalias en mi contra, dentro del
lugar donde me encuentro preso, haciendo uso del poder que ostentan por tener
los cargos más altos dentro de la jerarquía del Gobierno del Estado de Veracruz
los hoy denunciados MIGUEL ANGEL YUNES LINARES - GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO DE VERACRUZ, JORGE WINCKLER ORTÍZ - FISCAL GENERAL DEL ESTADO DE
VERACRUZ, MARCOS EVEN TORRES ZAMUDIO - FISCAL ANTICORRUPCIÓN DEL ESTADO DE
VERACRUZ y LUIS EDUARDO CORONEL GAMBOA - FISCAL
ESPECIALIZADO PARA LA ATENCIÓN DE DENUNCIAS POR PERSONAS DESAPARECIDAS y así se atente contra la vida e
integridad física tanto de mi familia como la propia.
Gilberto Aguirre Garza cuenta con todas las pruebas que
acreditan su denuncia