Sede de la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Foto: Especial |
CIUDAD DE MÉXICO (apro/ Proceso).- Hombres vestidos de civil y con el rostro cubierto, se introdujeron en la casa de una mujer cuando dormía en compañía de su familia. Cuando salió de su habitación para ver lo que ocurría, uno de los sujetos le apuntó con un arma en la cabeza, la amenazó y golpeó en el rostro frente a sus hijos.
Según el relato de la víctima, quien presentó una queja ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), los sujetos embozados la llevaron a la sala de su domicilio, le colocaron una toalla sanitaria y una venda en los ojos y le ataron las manos por la espalda mientras causaban destrozos.
Su hija se acercó llorando y preguntó qué le hacían, pero un sujeto le ordenó que se metiera en una de las habitaciones.
La mujer relató que fue subida a un vehículo y llevada a un lugar desconocido, donde la golpearon e interrogaron sobre su presunta participación en diversos ilícitos. Después, uno de los sujetos abusó sexualmente de ella y la amenazó con hacerle daño a su familia si denunciaba el hecho.
También te recomendamos
Por último, relató que le iniciaron una averiguación previa por su probable participación en los delitos de portación de arma de fuego y posesión de cartuchos del Ejército, Armada y Fuerza Aérea nacionales y otra más por la probable comisión del delito contra la salud en su modalidad de narcomenudeo.
Ambas indagatorias fueron consignadas ante un Juez que inició la causa penal correspondiente en la que se dictó sentencia absolutoria a favor de la mujer, quien interpuso una queja ante la CNDH.
Tras realizar su investigación, el organismo –que no especificó cuándo ocurrió el hecho– emitió la recomendación 48/2018, dirigida al secretario de Marina, Vidal Francisco Soberón Sanz, y al comisionado Nacional de Seguridad, Renato Sales Heredia.
Mediante el análisis de las evidencias del expediente, el organismo acreditó violaciones a los derechos a la inviolabilidad del domicilio y a la privacidad, a la libertad y seguridad personal por detención ilegal y arbitraria y a la integridad personal por actos de tortura y violencia sexual contra la víctima, así como violaciones al principio del interés superior de la niñez en agravio de su hija e hijo.
La CNDH determinó que fueron elementos de la Secretaría de Marina y Policía Federal quienes participaron en los hechos y trasgredieron el derecho a la inviolabilidad del domicilio de la víctima al ingresar por la fuerza, sin orden de cateo o flagrancia que lo justificara. Además, indicó que, al lesionarla durante su aseguramiento, se materializaron violaciones al derecho a la libertad y seguridad personal.
El organismo ordenó estudios médico-psicológicos de cuyo análisis se constató que los golpes, abuso sexual y actos de tortura a que fue sometida le provocaron sufrimientos.
Asimismo, la CNDH estableció que esas conductas tuvieron la intención de obtener información sobre la comisión de diversos presuntos hechos delictivos.
Y señaló que los agentes incumplieron su obligación de observar el principio del interés superior de la niñez y garantizar de manera plena los derechos de los menores que se encontraban presentes al momento de la detención de la víctima.
Por ello, solicitó a la Semar y la CNS:
“Reparar integralmente el daño ocasionado a las víctimas; otorgarles la atención médica y psicológica necesarias; inscribirlas en el Registro Nacional de Víctimas; colaborar en la causa penal instruida contra el personal involucrado en los hechos.
Además, enviar copia de su recomendación al Juzgado correspondiente y colaborar en el procedimiento administrativo iniciado ante los Órganos Internos de Control de la Secretaría de Marina y la Unidad de Asuntos Internos de la Policía Federal, respectivamente.
También, diseñar e implementar protocolos de actuación para prevenir la comisión de actos de tortura cuando se lleven a cabo detenciones de personas, que contengan los lineamientos a seguir para el uso de la fuerza.
Así como impartir cursos de capacitación al personal sobre derechos humanos y dirigir circulares al personal de ambas dependencias para que en el desempeño de sus funciones “actúen de acuerdo con los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia”; además, incorporar copia de la recomendación en los expedientes de los servidores públicos involucrados.