José Soto Galindo/ El Economista
El aparato
desarrollado por Roku para ver televisión a través de internet puede regresar a
los anaqueles comerciales de México. Roku no es ilegal ni pirata. Un fallo de
los magistrados del 11º Tribunal Colegiado de lo Civil en la Ciudad de México
este martes confirma que lo único ilegal en el caso Roku eran los fallos en su
contra, promovidos por Cablevisión.
Durante más
de un año, un fallo de la titular del Juzgado Trigésimo Octavo de lo Civil de
la Ciudad de México impidió la importación y venta de los dispositivos de Roku
en México. No sólo se afectó el negocio de la compañía, sino la posibilidad de
que los consumidores mexicanos tuvieran al alcance otra manera de ver
televisión.
El 11
Tribunal Colegiado de lo Civil concedió el amparo a Roku contra las medidas
impuestas en su contra y amparó también a los distribuidores del aparato en
México, entre ellos Walmart, Amazon, Liverpool, Coppel, BestBuy, El Palacio de
Hierro, Sears, Mercado Libre y Latamel.
Cablevisión,
de Grupo Televisa, ha perdido una batalla. Puede seguir peleando, pero la cosa
ya está juzgada: Roku no es ilegal ni pirata.
Roku es una
compañía estadounidense que desarrolla una plataforma de televisión por
internet que permite cualquier persona construya su canal y lo entregue a la
audiencia directo en su televisor. Para proveedores de servicios de televisión
de paga, como es el caso de Cablevisión, Roku es una competencia que permite a
los productores de contenido llegar directamente a los consumidores, sin
intermediarios
Roku ganó
hoy todos los amparos relacionados a su favor.
Ilegalidad
de las medidas cautelares:
En mayo de
2017, la jueza Beltrán Torres atendió de manera expedita una solicitud de
Cablevisión, de Grupo Televisa, para impedir la importación y comercialización
de los aparatos de Roku en México.
La jueza
ordenó la suspensión de importaciones sin contar con facultades para ello, pues
esa medida sólo pueden ordenarla autoridades judiciales y administrativas
competentes en materia de propiedad intelectual. Bastaba leer la Ley Aduanera
(artículo 144) y el Reglamento Interno del Servicio de Administración Tributaria
(artículo 19 fracción LXIV).
De acuerdo
con Cablevisión era urgente que el aparato fuera bloqueado en las fronteras y
suspendida su venta en los establecimientos comerciales de México, pues sólo
así podía impedirse que “tal dispositivo” siguiera siendo utilizado para
“descifrar y distribuir las señales codificadas” de Cablevisión (Telehit,
Ritmoson, Bandamax, Unicable, Las Estrellas, Foro TV, Canal 5, entre otras).
Admitir el
argumento de Cablevisión —como lo hizo la jueza Beltrán Torres, en un fallo que
no precisó fundamentos legales— es como admitir la prohibición del iPhone
porque con él pueden reproducirse contenidos piratas o bloquear el acceso a
Facebook porque hay usuarios que transmiten partidos de futbol o de beisbol sin
contar con los derechos de autor para hacerlo.
Los
magistrados del 11º Tribunal Colegiado de lo Civil en la Ciudad de México
resolvieron este martes que la medida de la jueza era ilegal, revocaron la
sentencia y concedieron el amparo a Roku.
Interés
jurídico:
Se confirmó
que Roku tiene interés jurídico para defenderse de una decisión que afectaba
directamente su negocio. Esto es, Roku puede combatir la sentencia de la jueza
Beltrán Torres.
Roku había
impugnado la sentencia, pero le negaron la protección de la justicia porque se
le consideró que no tenía interés jurídico. Esto fue decisión de otra jueza,
Gabriela López de los Santos, titular del Juzgado Segundo de Distrito del
Centro Auxiliar de la Decimoprimera Región en Coatzacoalcos, Veracruz.
El criterio
de López de los Santos básicamente fue así: usted no puede impugnar una
sentencia que impide la comercialización de lo que usted produce y que nunca ha
sido declarado ilegal.
El 11º
Tribunal Colegiado de lo Civil consideró que ese fallo está equivocado, lo
revocó y concedió el amparo a Roku.
El engrose
de la sentencia se conocerá la próxima semana.
Roku está
listo para volver a los anaqueles.