Explica el diputado Gustavo Gudiño Corro que al igual que en el caso de
Tamaulipas, en la entidad se establece como requisito para obtener el registro correspondiente,
un mínimo de firmas equivalente a tres por ciento del Padrón Electoral
Xalapa, Ver.-
La declaración de constitucionalidad por la Suprema
Corte de Justicia de la Nación de la reforma electoral de Tamaulipas, que al
igual que en Veracruz establece como requisito un mínimo de firmas equivalente
a tres por ciento del Padrón Electoral para registrar a un candidato
independiente, sienta un precedente para el resto de los estados del país,
afirmó el diputado Gustavo Gudiño Corro.
En su calidad de presidente de la Comisión
Permanente de Organización Política y Procesos Electorales de la LXIII
Legislatura local, dijo que Veracruz en ningún momento se opuso a las
candidaturas independientes: “Por el contrario, están contempladas en el Código
Electoral del Estado”.
En respuesta a los actores políticos que
cuestionaron la reforma electoral de la entidad, por considerar que cerraba la
puerta a los aspirantes independientes, Gustavo Gudiño señaló que “la Suprema
Corte, como máximo tribunal del país, da la interpretación última a la ley, sus
fallos son inapelables y en este caso ocho de los diez ministros votaron a
favor de la constitucionalidad de la reforma en el estado de Tamaulipas.
De acuerdo con el Diputado local, la Constitución
federal no contempla porcentajes o restricciones al respecto, sino que da
libertad a las legislaturas locales: “En nuestra entidad, lo que se busca es
que exista una mayor participación del electorado y los representantes populares
del Partido Revolucionario Institucional (PRI) legislamos pensando en los
ciudadanos, sin perseguir intereses político-partidistas.
“En el Congreso local –continuó– realizamos un
trabajo serio y responsable. Tan es así, que el máximo tribunal del país no
tendrá problema alguno para resolver los recursos de inconstitucionalidad en el
caso de Veracruz”.