jueves, 20 de agosto de 2015

PARTIDOS POLÍTICOS, OBLIGADOS A RESPETAR DERECHO A LA INFORMACIÓN: IVAI

PVEM, MC, AVE, PT, Encuentro Social, Partido Cardenista, Panal, Morena y PRD deberán dar a ciudadano información que pidió mediante solicitudes similares


Xalapa, Ver., 20 de agosto de 2015.- En la sesión pública de hoy, el Instituto Veracruzano de Acceso a la Información (IVAI) resolvió nueve recursos de revisión relacionados con la solicitud que una persona hizo al mismo número de partidos políticos de la entidad, sobre diversa información que desglosó en una lista de 62 puntos.

En dicha relación, el solicitante pidió actas de asamblea, informes, directorio, contratos, convenios, convocatorias, procedimientos de selección, gastos de campaña, reglamentos, acuerdos, padrón de militantes, remuneraciones, plataformas electorales, situación patrimonial, programas de gobierno, inventarios de bienes inmuebles, resultados de auditorías, resoluciones, montos de cuotas, marco normativo, currículos de candidatos y dirigentes, tiempos asignados en radio y televisión, entre otra información.

Los partidos que recibieron esta solicitud vía Infomex fueron: Partido Verde Ecologista de México, Movimiento Ciudadano, Partido Alternativa Veracruzana, Partido del Trabajo, Encuentro Social, Partido Cardenista, Partido Nueva Alianza, Morena y Partido de la Revolución Democrática.

Luego del análisis de los expedientes, el IVAI primeramente determinó que casi la totalidad de lo requerido se trataba de información pública, salvo en el punto en el que se solicitó el número de la cuenta bancaria en la que se realizan depósitos, ya que se trata de información clasificada como reservada, como lo establece el criterio 12/09 del Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos (INAI).

Además, estableció que parte de lo que se solicitó correspondía a obligaciones de transparencia, por lo que tendría que estar publicada en sus páginas de internet, como lo ordenan los artículos 8, párrafo 1, fracción XLI, de la ley de transparencia de Veracruz; 32 de la Ley General de Partidos Políticos y el lineamiento trigésimo cuarto de los lineamientos generales que deberán observar los sujetos obligados para publicar y mantener actualizada la información pública.

Luego de esta identificación, el IVAI detectó que si bien el Partido Verde Ecologista y Movimiento Ciudadano respondieron las solicitudes, lo cierto es que entregaron información incompleta o, bien, proporcionaron aspectos que no correspondían a lo solicitado.

Por ello, el órgano garante de la transparencia en Veracruz les ordenó que proporcionen al solicitante la información que les faltó, y actualicen y completen aquella que están obligados a publicar en su página electrónica. Lo que deberán realizar en un plazo no mayor a quince días, contados a partir de que cause estado la resolución (esto es, una vez que venza el plazo de 30 días que tiene quien promueve un recurso de revisión para impugnar la resolución mediante juicio de protección de derechos humanos ante la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia del Estado).

En el caso de los partidos restantes, estos no dieron respuesta a la solicitud de información, por lo que el recurrente se inconformó ante el IVAI por la omisión.

Al tratarse de información pública vinculada con obligaciones de transparencia, en virtud de que el Instituto tiene el deber legal de vigilar que los sujetos obligados cumplan con sus obligaciones y en aras de maximizar el derecho de acceso a la información, se realizaron diligencias de certificación a los portales de dichos sujetos obligados, en las que se pudo advertir que en algunos aspectos sí tenían información publicada, en otros era incompleta y en otros era nula.

Por lo que el IVAI detalló a cada uno de estos partidos cuáles eran los rubros faltantes en sus portales para que complementen y ajusten la información, y dado que la ley establece que la falta de respuesta a una solicitud de acceso a la información en los plazos señalados se entenderá resuelta en sentido positivo, el IVAI determinó que deberán dar respuesta, entregar y/o poner a disposición la información solicitada en forma gratuita, en un plazo no mayor a quince días, contados a partir de que cause estado la resolución.

Finalmente, el Instituto los exhortó para que en posteriores ocasiones den cabal cumplimiento a los procedimientos y términos establecidos en la ley de la materia para la tramitación de las solicitudes de información, apercibidos de que de no hacerlo se procederá conforme a lo estipulado sobre responsabilidades y sanciones en la normatividad de la materia.

En la sesión pública de resolución del día de hoy, el Instituto Veracruzano de Acceso a la Información resolvió 29 recursos de revisión y 8 incidentes de incumplimiento.

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