PVEM, MC, AVE, PT, Encuentro Social, Partido
Cardenista, Panal, Morena y PRD deberán dar a ciudadano información que pidió
mediante solicitudes similares
Xalapa,
Ver., 20 de agosto de 2015.- En la sesión pública de hoy, el Instituto
Veracruzano de Acceso a la Información (IVAI) resolvió nueve recursos de
revisión relacionados con la solicitud que una persona hizo al mismo número de
partidos políticos de la entidad, sobre diversa información que desglosó en una
lista de 62 puntos.
En dicha relación, el solicitante pidió actas de asamblea, informes,
directorio, contratos, convenios, convocatorias, procedimientos de selección,
gastos de campaña, reglamentos, acuerdos, padrón de militantes, remuneraciones,
plataformas electorales, situación patrimonial, programas de gobierno,
inventarios de bienes inmuebles, resultados de auditorías, resoluciones, montos
de cuotas, marco normativo, currículos de candidatos y dirigentes, tiempos
asignados en radio y televisión, entre otra información.
Los partidos que recibieron esta solicitud vía Infomex fueron: Partido
Verde Ecologista de México, Movimiento Ciudadano, Partido Alternativa
Veracruzana, Partido del Trabajo, Encuentro Social, Partido Cardenista, Partido
Nueva Alianza, Morena y Partido de la Revolución Democrática.
Luego del análisis de los expedientes, el IVAI primeramente determinó
que casi la totalidad de lo requerido se trataba de información pública, salvo
en el punto en el que se solicitó el número de la cuenta bancaria en la que se
realizan depósitos, ya que se trata de información clasificada como reservada,
como lo establece el criterio 12/09 del Instituto Nacional de Acceso a la
Información y Protección de Datos (INAI).
Además, estableció que parte de lo que se solicitó correspondía a obligaciones
de transparencia, por lo que tendría que estar publicada en sus páginas de
internet, como lo ordenan los artículos 8, párrafo 1, fracción XLI, de la ley
de transparencia de Veracruz; 32 de la Ley General de Partidos Políticos y el
lineamiento trigésimo cuarto de los lineamientos generales que deberán observar
los sujetos obligados para publicar y mantener actualizada la información
pública.
Luego de esta identificación, el IVAI detectó que si bien el Partido
Verde Ecologista y Movimiento Ciudadano respondieron las solicitudes, lo cierto
es que entregaron información incompleta o, bien, proporcionaron aspectos que
no correspondían a lo solicitado.
Por ello, el órgano garante de la transparencia en Veracruz les ordenó que
proporcionen al solicitante la información que les faltó, y actualicen y
completen aquella que están obligados a publicar en su página electrónica. Lo
que deberán realizar en un plazo no mayor a quince días, contados a partir de
que cause estado la resolución (esto es, una vez que venza el plazo de 30 días
que tiene quien promueve un recurso de revisión para impugnar la resolución
mediante juicio de protección de derechos humanos ante la Sala Constitucional
del Tribunal Superior de Justicia del Estado).
En el caso de los partidos restantes, estos no dieron respuesta a la
solicitud de información, por lo que el recurrente se inconformó ante el IVAI
por la omisión.
Al tratarse de información pública vinculada con obligaciones de
transparencia, en virtud de que el Instituto tiene el deber legal de vigilar
que los sujetos obligados cumplan con sus obligaciones y en aras de maximizar
el derecho de acceso a la información, se realizaron diligencias de certificación
a los portales de dichos sujetos obligados, en las que se pudo advertir que en algunos
aspectos sí tenían información publicada, en otros era incompleta y en otros era
nula.
Por lo que el IVAI detalló a cada uno de estos partidos cuáles eran los
rubros faltantes en sus portales para que complementen y ajusten la información,
y dado que la ley establece que la falta de respuesta a una solicitud de acceso
a la información en los plazos señalados se entenderá resuelta en sentido
positivo, el IVAI determinó que deberán dar respuesta, entregar y/o poner a
disposición la información solicitada en forma gratuita, en un plazo no mayor a
quince días, contados a partir de que cause estado la resolución.
Finalmente, el Instituto los exhortó para que en posteriores ocasiones
den cabal cumplimiento a los procedimientos y términos establecidos en la ley
de la materia para la tramitación de las solicitudes de información, apercibidos
de que de no hacerlo se procederá conforme a lo estipulado sobre responsabilidades
y sanciones en la normatividad de la materia.
En la sesión pública de resolución del día de hoy, el Instituto
Veracruzano de Acceso a la Información resolvió 29 recursos de revisión y 8
incidentes de incumplimiento.