lunes, 29 de mayo de 2023

Dilación y burocratismo gubernamental para cumplimentar la sentencia de la SCJN y la presentación con vida de los revolucionarios del PDPR-EPR

La política gubernamental en torno a la presentación con vida de los revolucionarios Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez se distingue por la dilación y el burocratismo para cumplimentar la sentencia judicial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Los tiempos jurídicos indican una negativa a acatar un mandato judicial para escamotear la justicia; expresa la consigna institucional de extender la impunidad a los criminales de Estado y negar el acceso a la justicia de los detenidos desaparecidos y sus familiares. El gobierno mexicano adopta una política de cerrazón y menosprecio a la exigencia de presentación con vida de los revolucionarios, su caso logra escalar hasta el peldaño más alto de la justicia mexicana y obtiene de ella una sentencia judicial que puede abonar al esclarecimiento de la verdad, de conocer el paradero de los detenidos desaparecidos y enjuiciar a los responsables materiales e intelectuales, sin embargo, la institucionalidad mexicana asume una actitud de indolencia y simula atención para ganar tiempo jurídico. La lentitud e indiferencia gubernamental se explica a partir de que el Estado mexicano decidió ubicar a los revolucionarios en la categoría de enemigos y no sólo como opositores. Su militancia política en el Partido Democrático Popular Revolucionario-Ejército Popular Revolucionario, su forma de lucha y sus convicciones ideológicas, indican que el crimen de lesa humanidad cometido en su contra es con plenas motivaciones políticas. La pretensión gubernamental de negar el acceso a la justicia es porque a pesar de las condiciones inhumanas al que son sometidos producto del crimen de la desaparición forzada de personas, los detenidos desaparecidos siguen como baluarte de la lucha popular, dado que en la exigencia de su presentación con vida, el movimiento popular, sus familiares, abogados y personalidades progresistas, lograron desbrozar una ruta jurídico política que permite hacer una defensa activa ante violaciones graves a los derechos humanos. La desaparición forzada de los revolucionarios Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez expresa la cualidad del fenómeno del cometido de crímenes de lesa humanidad en nuestro país, no hay duda de las razones políticas por las que el Estado mexicano decidió someterlos a este flagelo, situación que hoy es sustentada con el fallo de la corte y una amplia denuncia de periodistas, familiares y el movimiento popular. Hoy es la dilación en el proceso jurídico para cumplimentar la sentencia judicial, en el pasado reciente fue la criminalización de su forma de lucha, la incriminación de familiares y organizaciones solidarias, así como la negativa a incorporarlos en el registro nacional de detenidos desaparecidos para condenarlos al anonimato e impedir que el pueblo los reconociera como revolucionarios de este siglo. La desaparición forzada de los revolucionarios es una grave violación a los derechos humanos, esta es la elocuencia de la SCJN porque interpreta desde este crisol el crimen cometido contra ambos revolucionarios, por tanto, es el reconocimiento tácito de que, si fueron sometidos a este flagelo criminal por su ideología y militancia política, habla de la existencia de un gobierno autoritario que no consiente el derecho a disentir. El hecho de transcurrir 16 años para poder acceder a elementos mínimos de la justicia, significa revictimización. A la distancia, el caso y los más de 110 mil son el fiel testimonio de la existencia de prácticas del terrorismo de Estado para castigar la decisión del pueblo de luchar por su liberación. Esta es la importancia y trascendencia en el aspecto político, porque hubo quienes en su momento minimizaron la existencia de crímenes como la desaparición forzada de personas en México. El paso de una administración a otra ilustra la continuidad de una política de gobierno por mantener la impunidad hacia los perpetradores. Para el argumento jurídico significa una violación a los derechos humanos continuada, porque se trata de un crimen de lesa humanidad imprescriptible, para la definición política indica la violencia institucional de carácter transexenal que busca cebarse en el pueblo para impedir que éste se organice por los causes independientes. La sentencia de la SCJN aún es incompleta, falta que ésta se concrete en conocer el paradero de los detenidos desaparecidos, así como el juicio y castigo a los responsables, sin embargo, a pesar del lento avance para su cumplimentación, para el pueblo y sus organizaciones significa un importante logro jurídico en la medida abre la posibilidad de generar jurisprudencia para otros casos de violaciones graves a los derechos humanos y sentencia que lo acontecido contra Edmundo y Gabriel fue una desaparición forzada cometida por elementos policíacos y/o militares. Los parcos resultados que hasta ahora existen habla de la maniobra leguleya gubernamental, las instituciones utilizan todo artilugio burocrático para alargar el proceso con la intención de conducir al desgaste y la frustración al conjunto del movimiento popular que exige justicia, no obstante, la exigencia persiste por la cumplimentación de la sentencia judicial, la presentación con vida a los detenidos desaparecidos, así como el juicio y castigo a los responsables. [gallery size="large" ids="211829,211831,211832,211834,211836,211838"] La sentencia judicial aún no muestra resultados tangibles, sobre todo porque no fue producto de la buena voluntad de los gobernantes en turno, empero, esto no constituye un distractor para dejar de lado la demanda principal que es presentación con vida, éste es un derecho de la víctima que se le busque en esa condición. La indiferencia de funcionarios de primer nivel habla de la indolencia institucional. Por la trascendencia del caso, debería ser atendido por los titulares de las dependencias gubernamentales, aunado al trato diferencial para atender los casos de desaparición forzada. No se trata de si unos son más importantes que otros, respecto a crímenes de lesa humanidad no puede establecerse tal segmentación. La distinción estriba en aquellos donde su cometido es por razones eminentemente políticas con tratados con desdén gubernamental porque no reditúan reflectores mediáticos. Pese a las dificultades que arroja la cumplimentación de la sentencia, hay elementos que salen a flote y que constituye la importancia en términos políticos. Hoy nadie duda de la existencia de crímenes de lesa humanidad aún después de los que denominaron “guerra sucia”, queda a la vez expuesto parte de la política contrainsurgente que tuvo como componente principal, el cometido de crímenes de lesa humanidad para castigar la actitud de protesta del pueblo trabajador. No está claro el tiempo que la autoridad mexicana decidió alargar el proceso jurídico, sin embargo, por cada día que pasa sin que se conozca la verdad y el paradero de los detenidos desaparecidos, habla de la imposibilidad de un acceso real a la justicia; por cada artilugio leguleyo para ampliar la impunidad, es el indicativo de la extensión de una injusticia y proporciona al pueblo razones para mantener la movilización y la denuncia política. A 16 años de lucha, hay certeza de que la desaparición forzada fue cometida por militares, marinos y corporaciones policíacas, en un contexto de represión generalizada para intentar contener el descontento popular, por lo tanto, la dilación y burocratismo significa hacer extensiva la impunidad a consumados criminales de Estado. No hay justicia sin presentación con vida, no hay verdad sin el castigo a los responsables. La exigencia de presentación con vida de los detenidos desaparecidos es una necesidad insoslayable para el pueblo organizado. Fraternamente ¡Presentación con vida de todos los detenidos desaparecidos! ¡Libertad a todos los presos políticos! Por la unidad obrero, campesino, indígena y popular Frente Nacional de Lucha por el Socialismo FNLS https://lanigua.com.mx/dilacion-y-burocratismo-gubernamental-para-cumplimentar-la-sentencia-de-la-scjn-y-la-presentacion-con-vida-de-los-revolucionarios-del-pdpr-epr/?feed_id=73041

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