Integrantes del colectivo El Taller y del Consorcio por el Diálogo e Inclusión, dijeron, "el día de ayer la suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN),determinó invalidar en primer término, se inválido el artículo 47, en la porción, su madre o su padre, aunque dicha disposición se refiere a cómo se deberá nombrar a los hijos nacidos de matrimonio y no a la definición de matrimonio como tal, en ella se reafirmaba la exigencia de que el matrimonio debe ser celebrado únicamente entre un hombre y una mujer, excluyendo a las parejas homosexuales, por las mismas razones, el tribunal pleno invalido los artículos 48, primer párrafo, en la porción normativa " de la madre y el del padre", así como el 145, tercer párrafo, en la porción normativa " con la madre y el padre", y por extensión el artículo 75, en la porción normativa que indicaba " un sólo hombre y una sola mujer", por encontrarse estrechamente relacionada con las porciones normativas impugnadas y declaradas invalidas en este aspecto", así lo manifestó, Bernabé Zuvirie Vásquez, integrante de este consorcio.
Además, señaló que la interpretación y aplicación de las porciones normativas que refiere relaciones entre " un solo hombre y una sola mujer" o " como marido y mujer" similares y equivalentes, contenidas en diversos preceptos del código civil para el Estado de Veracruz y otros ordenamientos estatales vinculados tanto con el matrimonio como el concubinato, deberá entenderse que estás instituciones involucran a dos personas del mismo o diferente sexo, fueron las acciones de inconstitucionalidad 144 /2020 y su acumulado 185 /2020, promovidas por el colectivos y sociedad civil organizada y que mediante la Comisión Estatal derechos humanos de Veracruz y la comisión nacional de los derechos humanos, se demandó la invalidez de diversas disposiciones del código civil para el estado de Veracruz, publicado en el periodo oficial el 10 de junio, mediante decreto 569.
"Con lo anterior se reconoce que la disposición que no reconozca el matrimonio igualitario no es acorde con los estándares en materia de Derechos Humanos, ahora le toca al congreso del estado de Veracruz, legislar y cerrar favorablemente la acción emitida por la suprema corte de justicia de la nación (SCJN), de igual forma los colectivos los colectivos, las colectivas y la sociedad organizada seguirán en la lucha y defensa de los derechos para todas, todos y todes".
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