viernes, 3 de junio de 2022

“Pacientes internados seguirán recibiendo atención”, dicen autoridades sobre nuevo modelo de salud mental

Se estima que un 67% de los ingresos a hospitales psiquiátricos son involuntarios debido a la condición de gravedad con la que las personas usuarias de los servicios de salud mental llegan a estos espacios, por lo que deberá haber un consentimiento informado para recibir o rechazar los servicios de salud.

Animal Político

Con las recientes reformas a la Ley General de Salud en materia de salud mental, uno de los temas que ha causado preocupación es qué pasará con aquellos pacientes con tratamiento psiquiátrico que están internados, pues las reformas instruyen que los hospitales psiquiátricos se transformen en hospitales generales.

Contrario a lo que se especuló sobre que los dejarían salir de las instituciones sin ninguna atención y seguimiento, Juan Manuel Quijada Gaytán, director general de los servicios de atención psiquiátrica de la Secretaría de Salud federal (Ssa), aseguró que la atención a estos pacientes no se verá modificada y mucho menos se cancelará.

“Lo último que pensaríamos definitivamente es dejarlos a su suerte, es todo lo contrario”, subrayó el funcionario.

En los tres hospitales psiquiátricos a cargo de la Secretaría de Salud, por ejemplo, hay 101 pacientes que están internados y reciben atención permanente. Se trata de personas, hoy adultos mayores, que fueron abandonadas y han estado en estos espacios por al menos 50 años.

En el Hospital Psiquiátrico Fray Bernardino Álvarez, la dependencia reportó no tener pacientes crónicos internados, mientras que en el psiquiátrico infantil Juan N. Navarro hay nueve pacientes mayores de 60 años —en su mayoría mujeres que fueron abandonadas en su niñez—.

“En el hospital Samuel Ramírez Moreno, que es un hospital psiquiátrico de adultos, ahí tenemos aproximadamente 92 pacientes que ahí viven y que, igual que lo que te acabo de comentar, la mayoría son mayores o adultos mayores porque hace 40 o 50 años fueron abandonados en la institución”, informó Quijada Gaytán.

Agregó que son estos hospitales los que han tenido que cargar con la demanda de atención de la población que bien puede darse —y es lo que proponen las reformas— en unidades de primer y segundo nivel.

“Al haber una repartición más equitativa en la demanda de atención, estos hospitales psiquiátricos tendrán mucha mayor oportunidad de darle mejores condiciones a estos pacientes que allí viven (porque) lo último que pensaríamos, desde luego, sería no brindarles un lugar, al revés, estamos muy comprometidos principalmente con ellos y esta transformación, esta reforma, nos ayudará a poder darles —incluso— mejores condiciones a estos pacientes que ya viven en esos hospitales”, explicó el funcionario.

Concretar la transformación del modelo de atención a la salud mental y adicciones no será una labor fácil ni pasará de la noche a la mañana, incluso, aceptó el funcionario, es posible que no se termine de concretar al término de la presente administración, sin embargo, sí se tiene como objetivo dejar los cimientos del plan para que ya no haya retroceso.

“La expectativa es que no haya marcha atrás, para que no queramos volver al modelo asilar, al de los manicomios, sino a un modelo comunitario con respecto a los derechos humanos. Eso es a lo que aspiramos, y por supuesto, en algún momento en el que la gente pueda, sin mayor temor, hablar de sus emociones, hablar de lo que está sintiendo y pedir ayuda cuando lo considere necesario”, agregó el director general de los servicios de atención psiquiátrica de la Secretaría de Salud federal.

Internamiento: la última opción

Aunque las reformas hechas a la Ley General de Salud en materia de salud mental contemplan la reconversión paulatina de los hospitales psiquiátricos a hospitales generales, esto no quiere decir que los usuarios que así lo requieran y/o decidan, no podrán ser internados para recibir la atención necesaria.

En este sentido, los cambios al artículo 75 detallan que el internamiento de la población usuaria de los centros de salud mental, así como las personas con consumo de sustancias psicoactivas y de adicciones, será el último recurso terapéutico y deberá ajustarse a los principios éticos, sociales, de respeto a los derechos humanos y a la dignidad de las personas.

En tanto, “el internamiento sólo podrá llevarse a cabo de manera voluntaria y cuando aporte mayores beneficios terapéuticos para la persona que el resto de las intervenciones posibles”. Deberá llevarse a cabo en el Hospital General o pediátrico más cercano al domicilio del usuario y solo por el tiempo estrictamente necesario.

“Por ningún motivo el internamiento puede ser indicado o prolongado, si tiene el fin de resolver problemas familiares, sociales, laborales o de vivienda y de cuidado del paciente”, precisa la legislación.

De acuerdo con la Asociación Psiquiátrica Mexicana (APM), los trastornos mentales afectan a casi el 30% de la población y solo uno de cada 5 pacientes recibe tratamiento médico.

En lo que respecta a los ingresos a hospitales psiquiátricos se estima que un 67% son involuntarios debido a la condición de gravedad con la que las personas usuarias de los servicios de salud mental llegan a estos espacios, por lo que ahora, como parte de las modificaciones a la Ley General de Salud, se pone en primer término la existencia de un consentimiento informado para recibir o rechazar los servicios de salud.

Incluso, se estipula que este puede estar contenido en un documento de voluntad anticipada.

“En situaciones en las que una persona no pueda dar su consentimiento para un tratamiento en un momento específico por ningún medio, no exista un documento de voluntad anticipada, y su salud se encuentre en tal estado que, si el tratamiento no se administra de inmediato, su vida estaría expuesta a un riesgo inminente o su integridad física a un daño irreversible, el prestador de servicios de salud procederá de inmediato a preservar la vida y salud del usuario dejando constancia en el expediente clínico, otorgando informe justificado a los comités de ética y a la autoridad judicial competente”, se estipula en la reforma hecha al artículo 51 BIS de la Ley General de Salud.

Las reformas a la ley incluyen, por primera ocasión, un listado de derechos de los usuarios en donde se subraya que tienen derecho a no ser sometidos a medidas de aislamiento, contención coercitiva o a cualquier práctica que constituya tratos crueles, inhumanos o degradantes, y en su caso, ser sujeto a medios para atenuar el escalamiento de crisis.

Tampoco se puede obligar a los usuarios a someterse a tratamientos irreversibles o que modifiquen su integridad y toda atención que reciban debe hacerse en su comunidad o lo más cercana posible al lugar donde habiten sus redes de apoyo como familiares y amigos.

“La persona con trastornos mentales y por consumo de sustancias psicoactivas y de adicciones es quien ostenta el derecho de consentir o denegar el permiso para cualquier tratamiento o internamiento, por lo que deberá presumirse que todos los pacientes tienen capacidad de disentir y deberán agotarse los esfuerzos para permitir que una persona acepte voluntariamente el tratamiento o el internamiento”.

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